Ben Sanderson, Of Counsel y Practice Manager del departamento de Arbitraje Internacional de DLA Piper, explica en una entrevista que siempre hay espacio para nuevos centros de arbitraje internacional, pero que estos deben invertir fondos para comunicar, entre otros, su posicionamiento y su oferta.
El Centro Iberoamericano de Arbitraje se presentó ante el despacho DLA Piper el pasado 5 de junio, por su interés por conocer la oferta de CIAR como Corte de Arbitraje para conflictos entre empresas Iberoamericanas.
Sanderson charló con nosotros en una entrevista en la que desde su amplia experiencia en arbitraje internacional nos habla de sus inicios, su primer caso fue en América Latina, y nos da su opinión sobre la posibilidad de que un centro de arbitraje internacional, como es el caso del Centro Iberoamericano de Arbitraje (CIAR), con esencia iberoamericana, tenga éxito entre las grandes cortes internacionales:
«En mi opinión, siempre hay espacio para nuevos centros, en Iberoamérica, en África o en cualquier otra región del mundo.
Ahora bien, para tener éxito estos centros deberían invertir unos fondos considerables para:
- explicar su posicionamiento en el mercado, sus notas características y diferenciadoras y
- para tratar de convencer a los usuarios de su oferta.»
En relación con el momento que vive el arbitraje de inversiones, Sanderson explica:
«Es cierto que ahora el arbitraje de inversión está expuesto a la opinión pública como nunca antes.
Por un lado, además de la cuestión relativa a la transparencia del sistema, hay un debate muy intenso sobre la desigualdad percibida por algunos con respecto a las obligaciones existentes en muchos TBIs (tratados bilaterales de inversiones). Hay quien considera que los Estados reciben un trato injusto en comparación con los inversores extranjeros, que se beneficiarían de estos tratados sin asumir ningún tipo de obligación.
el TBI entre Marruecos y Nigeria o el nuevo tratado modelo de Holanda introducen un mejor equilibro entre los derechos
Sin embargo, también aquí hay evolución. Por ejemplo, el TBI entre Marruecos y Nigeria o el nuevo tratado modelo de Holanda introducen un mejor equilibro entre los derechos y — lo que es más importante — las obligaciones del inversor enfrente al Estado y su población.
Por otro lado, mención especial merece la posición del arbitraje inversor-Estado en Europa después de la famosa sentencia en el asunto Achmea c. Slovakia ¹ y la voluntad por parte de la Comisión Europea de crear un tribunal multilateral de inversiones.
No obstante, no debemos temer estos cambios. Al contrario, presentan oportunidades para los abogados especialistas en este sector.»
¹ Sentencia de 6 de marzo de 2018, República de Eslovaquia c. Achmea BV, Caso C-284/16, EU:C:2018:158.
Para leer la entrevista completa: Ben Sanderson: “El principal desafío del arbitraje internacional es su legitimidad”