Marlen Estévez y Roberto Muñoz, abogados de King & Wood Mallesons España firman este artículo en el que analizan la validez y la redacción del convenio arbitral desde una perspectiva internacional. Estévez y Muñoz ponen el ejemplo de la cláusula arbitral del CIAR cuando defienden la importancia de la redacción de ésta para evitar problemas en el inicio y desarrollo del arbitraje.
Sinopsis:
El acuerdo de sumisión a arbitraje es la antesala del procedimiento arbitral. Su validez y eficacia se encuentran supeditadas al cumplimiento de determinados requisitos, cuya observancia es esencial para que el convenio arbitral pueda desplegar todos sus efectos.
No obstante, en la actualidad no existe un criterio internacional homogéneo en relación con el tratamiento del convenio arbitral. Lo anterior provoca que, en ocasiones, distintos tribunales judiciales nacionales hayan alcanzado soluciones diametralmente opuestas, encontrándonos con criterios heterogéneos dependiendo de la jurisdicción competente.
Por este motivo, en el presente artículo se realiza un análisis de los citados requisitos de validez del convenio arbitral, tanto formales como sustantivos. Adicionalmente, se examinan las denominadas cláusulas patológicas, poniendo especial énfasis en ejemplos de la práctica internacional que ilustran cómo las deficiencias en la redacción de cláusulas compromisorias pueden dejar vacío de contenido un acuerdo de sumisión a arbitraje plenamente válido. Y todo ello, partiendo tanto de la Convención de Nueva York de 1958, como del análisis de la legislación y jurisprudencia existente a este respecto en diferentes jurisdicciones.
Validez y eficacia del convenio arbitral, por Marlen Estévez y Roberto Muñoz Rojo